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Las enfermedades cardiacas son parcas en
sus manifestaciones, con unas pocas formas de presentación clínica que suelen ser
comunes con enfermedades que afectan a otros sistemas. Básicamente son la disnea, el
dolor torácico, el síncope y el presíncope, la fatigabilidad, las papitaciones y los
edemas. La forma den la cual afectan a la capacidad de conducir es diferente para
cada una de ellas. Mientras el edema puede no afectar en absoluto a la capacidad de
conducir aunque sí agravarse por ello, el síncope puede tener consecuencias
catastróficas. Entre ambos extremos están los otros síntomas, que cuando se presentan
pueden afectar a la concentración del conductor y favorecer por ello un accidente.
La conducción de vehículos no supone un
esfuerzo físico importante. Manejar un automóvil supone un consumo energético o de 1-2
METS para una persona de 70 kg, el equivalente a caminar a paso lento o coser. La
conducción de un camión o un autobús supone un consumo entre 2,5 y 4 METS, el
equivalente a pasear en bicicleta a 10 km por hora. Incluso la práctica del automovilismo
como deporte es un ejercicio considerado como de componente dinámico bajo y estático
moderado en la clasificación de Mitchell, que pueden realizar pacientes cardiópatas de
bajo riesgo. Por lo tanto, la conducción como tal sólo va a verse limitada físicamente
en aquellos pacientes con síntomas que aparecen en reposo o esfuerzos mínimos, que son
afortunadamente escasos. Aunque las enfermedades más prevalentes sean la cardiopatía
isquémica o la insuficiencia cardiaca, el riesgo derivado de la conducción no se va a
deber tanto a los síntomas de angina o disnea que puedan aparecer sino a la asociación
de esas enfermedades con la aparición de arritmias y síncope. Además, los síntomas de
enfermedad cardiaca no deben ser considerados por separado: un paciente con disnea para
esfuerzos moderados y edemas importantes puede sufrir una dilatación ventricular severa,
que a su vez puede asociarse a la aparición de arritmias ventriculares malignas. Su
capacidad física le permitirá conducir un vehículo sin síntomas, pero deberá
valorarse el riesgo de que sufra un evento arrítmico que pueda poner en peligro su vida y
la de otros. De ese modo, los síntomas de enfermedad cardiaca, se deben considerar como
marcadores de la gravedad de la cardiopatía subyacente, en muchos casos asociada a riesgo
de síncope y muerte súbita. Esto obliga a limitar la conducción en los pacientes
con peor clase funcional, que suelen ser aquéllos con cardiopatías de base más graves
y, por tanto, con mayor posibilidad de eventos sincopales. Para poder clasificar la
gravedad de los síntomas en relación con el ejercicio suelen utilizarse las
clasificaciones de la Sociedad Canadiense de Cardiología y de la Asociación del Corazón
de Nueva York (NYHA). De ellas, la legislación española utiliza la segunda para
clasificar la aptitud de los pacientes cardiópatas para condudr. Esta clasificación de
la NYHA se muestra en la tabla 1.
| Tabla 1.
Clasificación
funcional de los pacientes cardiovasculares según la NYHA |
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| Clase I |
Pacientes sin limitación para
la actividad física ordinaria, sin angina, palpitaciones, disnea o fatiga en la actividad
habitual. |
| Clase II |
Pacientes con una ligera
limitación en la actividad física, de modo que los esfuerzos habituales provocan la
aparición de síntomas. |
| Clase III |
Pacientes con marcada
limitación de la actividad física. Actividades menores de las habituales provocan la
aparición de síntomas. |
| Clase IV |
Pacientes incapaces de realizar
cualquier tipo de actividad física sin presentar síntomas, que pueden aparecer incluso
en reposo. |
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Es importante insistir en que las
limitaciones que se imponen para la conducción no se basan en la capacidad física para
realizarla, que afectaría únicamente a los pacientes en clase IV, sino también en el
riesgo de desarrollar síntomas de presentación abrupta, especialmente por arritmias
malignas, que son más frecuentes en los pacientes de clase III y IV.
Las consecuencias de un accidente son
diferentes según el tipo de vehículo conducido, si no para el conductor, sí para los
demás. Por ese motivo, las restricciones de conducción para pacientes con cardiopatía
son distintas según la categoría del vehículo conducido, que se organiza en los dos
grupos que recoge la legislación. En el primero se incluyen permisos para
vehículos de baja ocupación y peso, y en la segunda para los de gran ocupación y
proporciones mayores, para usos principalmente comerciales. No se recoge como factor de
riesgo el tiempo dedicado anualmente a la conducción, que en algunos profesionales, como
los viajantes de comercio, puede ser muv importante. Las recomendaciones de algunas
sociedades internacionales sugieren que en éstos, cuando estén dentro del grupo 1.°,
debe tenerse en cuenta el incremento del riesgo debido a la exposición, si no desde el
punto de vista legal, sí desde el médico, por lo que se encuadrarían en un grupo de
riesgo intermedio.
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